La presentación de la declaración jurada de Ganancias tendrá un nuevo plazo este año. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 13 de octubre la fecha límite para que los contribuyentes cumplan con esta obligación, luego de la sanción de la denominada ley de Inocencia Fiscal II.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5898/2026, publicada en el Boletín Oficial. Según explicó el organismo, la extensión responde a razones vinculadas con la administración tributaria y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

El nuevo vencimiento representa una extensión de tres semanas respecto de la fecha que estaba vigente hasta fines de agosto, cuando se había establecido el 22 de septiembre. El calendario de este año ya había tenido modificaciones, dado que el vencimiento para el pago del impuesto correspondiente al período anterior se produjo el 27 de julio.

La prórroga también está vinculada con los cambios introducidos por la nueva legislación al Régimen Simplificado de Ganancias. La reforma amplió el universo de contribuyentes que pueden acceder a este esquema y eliminó los límites anteriores relacionados con los ingresos y el patrimonio.

Hasta ahora, podían quedar comprendidos quienes tuvieran ingresos de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones. Con la nueva normativa, esos topes dejan de ser un requisito general, por lo que también pueden optar por el régimen personas con ingresos o patrimonios superiores.

El requisito general es mantener la residencia fiscal en la Argentina durante todo el período fiscal que se declara, aunque la normativa contempla determinadas excepciones. Los Grandes Contribuyentes Nacionales y quienes hayan ejercido cargos públicos durante los últimos cinco años también podrán utilizar el sistema para declarar y pagar Ganancias, aunque no accederán a los principales beneficios y presunciones previstos por el régimen.

Los cambios también alcanzan la relación entre los contribuyentes y ARCA durante los procesos de fiscalización. La nueva normativa establece parámetros para determinar cuándo existe una “discrepancia significativa” entre la información declarada y el resultado de una fiscalización.

En términos generales, la discrepancia se configura cuando el ajuste implica un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos de al menos el 15%, siempre que además se superen los montos establecidos por la normativa.

La reforma incorpora además una instancia para que el contribuyente pueda corregir la diferencia detectada. Si ARCA comunica la situación y la persona rectifica su declaración jurada dentro de los 15 días hábiles, abonando el impuesto y los intereses correspondientes, esa diferencia no será considerada para determinar la existencia de una discrepancia significativa.

De esta manera, el esquema contempla la posibilidad de subsanar errores o diferencias sin que el contribuyente pierda automáticamente la protección prevista por el régimen.

La extensión del plazo también tiene impacto sobre los anticipos de Ganancias correspondientes a 2026. ARCA informó que algunos contribuyentes todavía no tienen registrado en “Cuentas Tributarias” el importe correspondiente al primer o segundo anticipo debido a que aún no presentaron la declaración jurada del período 2025.

En esos casos, deberán determinar el monto que corresponde ingresar a partir de sus propios registros y de la información disponible para realizar el cálculo.

La nueva legislación busca además ampliar la cantidad de contribuyentes que se incorporen al Régimen Simplificado de Ganancias. El objetivo es facilitar el cumplimiento y, al mismo tiempo, generar condiciones para que personas que mantienen ahorros fuera del circuito formal puedan incorporarlos al sistema.

La modificación del régimen también contempla cambios en materia de presunciones y en las condiciones para mantener los beneficios ante eventuales impugnaciones administrativas o judiciales.

Según especialistas en materia tributaria, la ampliación de los plazos permite a los contribuyentes contar con más tiempo para conocer la reglamentación complementaria y evaluar las condiciones, beneficios y efectos de incorporarse al sistema.

Con el nuevo cronograma, la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias podrá realizarse hasta el 13 de octubre, mientras ARCA avanza con la implementación de las modificaciones introducidas por la nueva legislación.

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