El SMVM establece el ingreso mínimo que debe recibir un trabajador registrado que cumple una jornada legal completa. Además, su valor es utilizado como referencia para distintos cálculos vinculados con prestaciones sociales, beneficios y programas administrados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
El salario mínimo se encuentra regulado por la Ley de Contrato de Trabajo y su actualización se realiza según el esquema de aumentos establecido en la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial.
A partir de agosto de 2026, el salario mínimo para los trabajadores mensualizados quedó fijado en $376.600. El nuevo monto implica un incremento frente a los $372.400 establecidos para julio.
En el caso de los trabajadores jornalizados, el valor mínimo por hora pasó de $1.862 a $1.883.
La actualización fue definida luego de que el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil no alcanzara un acuerdo entre representantes sindicales, empresarios y el Estado durante la reunión realizada en diciembre del año anterior.
El valor del SMVM puede tener incidencia en algunos beneficios administrados por ANSES, ya que funciona como referencia para establecer determinados límites de ingresos, requisitos de acceso y cálculos vinculados con prestaciones, becas y otras asistencias estatales.
Sin embargo, el incremento del salario mínimo no implica una actualización automática de todos los programas del organismo.
En el caso de jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares, los aumentos se determinan mediante la fórmula de movilidad establecida por el Decreto 274/24. Este mecanismo toma como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a dos meses anteriores y aplica un incremento proporcional a ese indicador.
Para agosto de 2026, los valores informados quedaron establecidos de la siguiente manera: la jubilación mínima alcanzó los $489.775,93, compuesta por un haber actualizado de $419.775,93 y un bono adicional de $70.000.
La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) quedó en $405.820,74, integrada por un haber actualizado de $335.820,74 y un bono adicional de $70.000.
La Pensión No Contributiva por Invalidez y Vejez se ubicó en $363.843,15, correspondiente a un haber actualizado de $293.843,15 más un bono adicional de $70.000.
En tanto, la Pensión para Madres de 7 hijos alcanzó los $489.775,93, conformados por un haber actualizado de $419.775,93 y un bono adicional de $70.000.
La Asignación Universal por Hijo (AUH) quedó establecida en $150.848. De ese monto, se percibe mensualmente el 80%, equivalente a $120.678,40, mientras que el 20% restante se abona en una única cuota luego de la presentación de la Libreta AUH.
Por su parte, el 100% de la Asignación Universal por Hijo con Discapacidad quedó fijado en $491.173, mientras que la Asignación Familiar por Hijo correspondiente al primer rango de ingresos alcanzó los $75.433.

