El Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó el pago de salarios en dólares mediante una modificación en la normativa que regula las cuentas sueldo. La medida permite aplicar uno de los aspectos contemplados en la reforma laboral aprobada por el Congreso en febrero pasado.

A través de la Comunicación “A” 8460, el organismo incorporó al dólar estadounidense como moneda habilitada para los depósitos en las cuentas sueldo. De esta manera, empleados y empleadores podrán acordar el pago de remuneraciones en moneda extranjera, una alternativa que hasta ahora no estaba contemplada en este tipo de cuentas, que solo admitían acreditaciones en pesos.

La actualización normativa fue dispuesta para adecuar el funcionamiento bancario a la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, que modificó el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y estableció que los salarios pueden abonarse tanto en moneda nacional como extranjera.

A partir del cambio, las cuentas sueldo podrán estar denominadas en pesos o en dólares estadounidenses, siempre que exista un acuerdo entre las partes de la relación laboral.

No obstante, la medida no implica una implementación generalizada inmediata del pago de salarios en dólares. La mayor parte de las operaciones económicas en el país continúa realizándose en pesos y las restricciones cambiarias vigentes siguen condicionando la operatoria de algunas empresas.

La nueva reglamentación también establece condiciones específicas para los movimientos de fondos en dólares dentro de las cuentas sueldo. Los depósitos y retiros de efectivo deberán efectuarse en la sucursal donde se encuentre radicada la cuenta, aunque otras modalidades, como operaciones en distintas sucursales, cajeros automáticos o terminales de autoservicio, quedarán sujetas a la disponibilidad operativa de cada entidad financiera.

Por último, el BCRA determinó que la gratuidad de las cuentas sueldo en dólares se aplicará hasta el monto correspondiente a las acreditaciones derivadas de la relación laboral, acumulándose los fondos no retirados sin límite de tiempo. Los bancos no estarán obligados a mantener esa exención sobre montos que excedan el salario acreditado.

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