El Gobierno nacional fijó el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) ante la falta de acuerdo entre los representantes sindicales y empresarios que integran el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. El nuevo esquema comenzó a regir en septiembre y contempla aumentos progresivos hasta abril de 2027.

A través de la Resolución 4/2026, publicada en el Boletín Oficial, se estableció que desde el 1° de septiembre el salario mínimo será de $383.800 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa. Para quienes cobran por día trabajado, el valor de la hora quedó fijado en $1.919.

El SMVM constituye el piso de ingresos que la legislación laboral establece para los trabajadores en relación de dependencia que cumplen una jornada completa. Además de su impacto directo sobre los salarios, su evolución también interviene en la actualización de distintos programas sociales, prestaciones por desempleo y subsidios estatales.

La determinación del salario mínimo corresponde al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, integrado por representantes del Estado, los sindicatos y el sector empresario. La normativa establece que el monto debe surgir del consenso alcanzado en las reuniones plenarias. Cuando las negociaciones terminan sin acuerdo, el Poder Ejecutivo nacional queda habilitado para establecer el valor.

Esta última instancia volvió a producirse en la reunión realizada el viernes 28 de agosto, que se desarrolló de manera virtual pese al pedido de los representantes gremiales para que fuera presencial. El encuentro terminó sin consenso, en línea con lo ocurrido en las últimas negociaciones del organismo.

Durante la instancia técnica previa al plenario, las tres centrales sindicales presentaron una propuesta conjunta para llevar el salario mínimo a $911.000 en julio y a $993.000 en diciembre. Como referencia, los representantes gremiales tomaron el valor de la canasta básica familiar, calculada en $1.564.716.

La propuesta empresarial contemplaba un aumento del 1,8% para septiembre y subas mensuales del 1,7% entre octubre de 2026 y abril de 2027. De haberse aplicado ese esquema, el salario mínimo habría alcanzado los $468.000 en abril del próximo año.

La diferencia entre las posiciones impidió alcanzar un acuerdo. Los representantes sindicales cuestionaron el monto planteado por el sector empresario y anticiparon que no acompañarían esa propuesta. Las centrales obreras también se retiraron de la reunión antes del inicio del plenario.

Frente a la falta de consenso, el Poder Ejecutivo estableció de manera unilateral el nuevo esquema de actualización. La resolución fija incrementos mensuales que llevarán el SMVM a $391.200 en octubre, $398.800 en noviembre y $406.400 en diciembre de 2026.

El cronograma continuará durante 2027 con un salario mínimo de $414.200 en enero, $422.000 en febrero, $429.600 en marzo y $437.000 en abril, último mes contemplado por la resolución.

Para los trabajadores jornalizados, la actualización seguirá la misma secuencia. El valor de la hora será de $1.956 en octubre, $1.994 en noviembre y $2.032 en diciembre. En 2027, pasará a $2.071 en enero, $2.110 en febrero, $2.148 en marzo y $2.185 en abril.

El monto establecido para septiembre representa un incremento respecto del valor de $376.600 correspondiente a agosto. La suba es del 1,13%, por debajo de la inflación mensual del 2,1% mencionada para ese período.

El nuevo esquema alcanza a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y los organismos estatales que actúan como empleadores. En los casos de jornadas reducidas o contratos a tiempo parcial, el salario se determina de manera proporcional. Las asignaciones familiares quedan excluidas del cálculo.

La resolución también establece los parámetros para la prestación por desempleo, de acuerdo con el artículo 118 de la Ley 24.013. El beneficio equivale al 75% de la mejor remuneración mensual neta que haya percibido el trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral. A su vez, no puede ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superar el 100% de ese monto.

Durante las negociaciones, las centrales sindicales también reclamaron la reactivación de las comisiones de Formación Profesional, Empleo y Productividad del Consejo del Salario, al considerar que esos ámbitos son necesarios para analizar la situación del mercado laboral.

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