La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció el cronograma de pagos de las asignaciones correspondientes a septiembre de 2026. Entre las prestaciones incluidas se encuentran la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, la Asignación Familiar por Prenatal y la Asignación por Maternidad.

En el caso de la Asignación por Maternidad, el pago comenzará el 10 de septiembre para todas las terminaciones de DNI. A diferencia de otras prestaciones familiares, este beneficio no tiene un monto fijo, ya que el importe depende del salario bruto mensual de cada trabajadora.

La prestación está destinada a trabajadoras en relación de dependencia y a empleadas de casas particulares registradas que cumplan con los requisitos establecidos. El beneficio reemplaza el ingreso habitual durante los 90 días correspondientes a la licencia por maternidad.

El monto que abona ANSES equivale al salario bruto mensual declarado por el empleador, sin aplicar deducciones. Por ese motivo, el importe puede variar entre beneficiarias y también modificarse si cambia la remuneración como consecuencia de paritarias, convenios colectivos o ajustes salariales.

La asignación se diferencia de la Asignación por Embarazo y de la Asignación Familiar por Prenatal, que cuentan con montos determinados por ANSES y están sujetas a sus respectivos requisitos y condiciones de acceso.

Para acceder a la Asignación por Maternidad, la trabajadora debe tener al menos 12 semanas de embarazo y haber trabajado durante un mínimo de tres meses con uno o más empleadores dentro del año anterior al comienzo de la licencia.

El período de licencia puede iniciarse entre 45 y 10 días antes de la fecha probable de parto. En el caso de las trabajadoras de casas particulares, existen alternativas para distribuir el período de licencia antes y después del nacimiento.

Para iniciar el trámite, es necesario que los datos personales y los vínculos familiares estén actualizados en los registros de ANSES. Si existe información pendiente o incorrecta, la titular deberá presentar la documentación correspondiente, como partidas de nacimiento, certificados de matrimonio o convivencia y DNI de los integrantes de la familia.

También se debe completar el formulario correspondiente a cada situación laboral. Las trabajadoras en relación de dependencia deben presentar la Declaración Jurada Novedades Unificadas SUAF (PS 2.55), mientras que las empleadas de casas particulares deben utilizar la Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico (PS 2.75).

En ambos casos, el empleador debe completar las partes correspondientes a la notificación de la licencia y firmar la documentación.

La solicitud puede realizarse a través de la Atención Virtual de ANSES o de manera presencial, con turno previo. La trabajadora deberá presentar además un certificado médico en el que consten las semanas de gestación y la fecha probable de parto.

Quienes tengan más de un empleo deberán presentar un formulario por cada empleador.

La Asignación por Maternidad se abona durante los 90 días de licencia y finaliza una vez cumplido ese período. Para mantener el derecho a la prestación, es necesario acreditar la situación laboral, presentar la documentación requerida y cumplir con las condiciones establecidas por ANSES.

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